El Reglamento a la Ley N°9943 “Creación de la Agencia Nacional de Gobierno Digital” entra en fase de consulta pública
Consulta pública no vinculante fue publicada este 31 de julio en el diario oficial La Gaceta.
Las personas interesadas disponen de 10 días hábiles para hacer sus comentarios u observaciones.
La consulta finaliza el 16 de agosto de 2024.
San José, 1 de agosto de 2024. Esta semana el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnologías y Telecomunicaciones (MICITT) sometió a consulta pública no vinculante el Proyecto de Decreto Ejecutivo “Reglamento a la Ley N°9943 “Creación de la Agencia Nacional de Gobierno Digital”.
La consulta fue publicada por el diario oficial “La Gaceta” este 31 de julio y tiene como objetivo conceder el plazo establecido en el artículo 361 de la “Ley General de la Administración Pública” que permite a los entes involucrados e interesados la oportunidad de exponer su parecer sobre el reglamento. Las personas interesadas tienen tiempo hasta el 16 de agosto para hacer sus comentarios u observaciones.
“Esta acción nos permite seguir avanzado con el cumplimiento de la Ley N° 9943 mediante la que se creó la Agencia Nacional de Gobierno Digital (ANGD), adscrita y bajo rectoría del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones; ahora las instituciones y personas interesadas tienen un plazo de 10 días hábiles para hacer sus observaciones” señaló Diego Leiva Alfaro, director de Gobernanza Digital y Certificadores de firma digital del MICITT.
La ANGD debe implementar y ejecutar los servicios y proyectos transversales y estratégicos en materia de gobierno digital, con el fin de proveer a los ciudadanos un acceso simple, ágil, seguro y transparente dentro de todas sus gestiones o transacciones en el sistema estatal y de gobierno.
“La Agencia Nacional de Gobierno Digital nació para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, las empresas y mejorar la comunicación entre las entidades del gobierno, y así propiciar un clima de negocios favorable y competitivo al país” detalló Leiva.
Las personas interesadas en hacer observaciones o comentarios al reglamento lo pueden hacer a la Dirección de Gobernanza Digital y Certificadores del MICITT, ubicada en San José, Zapote, Edificio Mira, 200 metros oeste de Casa Presidencial, en el horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. jornada continua o al correo electrónico: [email protected] dentro del plazo de diez días hábiles contados al día siguiente de la presente publicación.